Interposición de Recursos
La Dirección General de la Polícia (DGP) nos expone de manera breve la Interposición de Recursos, a fin y efecto de ayudarnos a mejorar nuestros trámites con estos temas tan importantes.
Interposición de Recursos
Las resoluciones que dicten los órganos competentes de los Ministerios de Asuntos Exteriores, del Interior, de Trabajo e Inmigración, los Delegados del Gobierno y Subdelegados del Gobierno bajo la dependencia funcional de estos dos últimos Ministerios, sobre concesión o denegación de visados, exenciones de visado, prórrogas de estancia o autorización de residencia y autorización de trabajo, así como sobre sanciones gubernativas y expulsiones de extranjeros, pondrán fin a la vía administrativa.
Contra las anteriores resoluciones se podrán interponer los recursos administrativos o jurisdiccionales legalmente previstos.
Se exceptúan las resoluciones sobre solicitudes de prórroga del autorización de residencia, renovación y modificación del autorización de trabajo y devolución, denegación de entrada y retorno, las cuales no agotan la vía administrativa.
En uno y otro caso, los actos y resoluciones administrativas adoptados serán recurribles con arreglo a lo dispuesto en las leyes, siendo su régimen de ejecutividad el previsto con carácter general en la legislación vigente, salvo lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, para la tramitación de expedientes de expulsión con carácter preferente.
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