Inscripción de Cambios en Otros Órganos en España

La Inscripción de Cambios en Otros Órganos en España es para sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa de otros órganos creados por los estatutos, deberán comunicarse para su inscripción en el Registro de Fundaciones.

Dicha comunicación podrá llevarse a cabo cuando se cumplan los siguientes requisitos.

Inscripción de Cambios en Otros Órganos

La Inscripción de Cambios en Otros Órganos se realiza cuando se cumplen alguno de estos requisitos.

  • Por correo o de forma presencial en la propia Dirección General de los Registros
  • En los Registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades autónomas, o a las que integran la Administración Local, si en este último caso se hubiera suscrito el oportuno convenio
  • En las oficinas de correos
  • Electrónicamente con certificado digital
  • Documento público
  • Documento legitimado con firma legitimada por notario. (se admitirá su copia en digital en caso de presentación electrónica)
  • Acta de comparecencia en el Registro de Fundaciones
  • Certificación del Patronato de la Fundación, con firma legitimada notarialmente. (se admitirá su copia en digital en caso de presentación electrónica)
  • Solicitud de inscripción de modificaciones en otros órganos de la Fundación (PDF. 109 KB)

La solicitud de inscripción deberá ir acompañada de los documentos previamente mostrados.



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