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Informe de Escolarización de Menores

El Informe de Escolarización de Menores puede ser presentado por los extranjeros que tengan en España menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria (de 6 a 16 años) cuando soliciten:

  • La renovación de una autorización de residencia
  • Una residencia de larga duración
  • Una modificación de una situación de residencia por circunstancias excepcionales a una situación de residencia o de residencia y trabajo o a una residencia con exceptuación de la autorización de trabajo.

El Informe de escolarización de menores debe ser solicitado a la autoridad competente en la Comunidad Autónoma donde se encuentre escolarizado el menor a cargo.



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