Extinción de la Residencia de Larga duración-UE
La Extinción de la Residencia de Larga Duración-UE es un procedimiento que afecta a aquellos ciudadanos extranjeros que residen en un país miembro de la Unión Europea (UE) por un período de tiempo prolongado. Según la normativa europea, se considera que un ciudadano tiene residencia de larga duración si ha vivido en un país miembro durante al menos 5 años de forma continuada y cumple ciertos requisitos legales.
Esta extinción, que puede ser solicitada por el propio ciudadano o de oficio por la administración, se produce cuando el interesado deja de cumplir con los requisitos necesarios para mantener este estatus. Algunas de las causas que pueden llevar a esta situación son la comisión de delitos graves, la ausencia del territorio por más de 2 años o la obtención de otra nacionalidad. En ese caso, la persona pierde el derecho a residir de forma permanente en el país miembro y puede ser expulsada. No obstante, cada país tiene su propia normativa al respecto, por lo que es importante informarse sobre las condiciones específicas de cada uno. La Extinción de la Residencia de Larga Duración-UE busca regular la permanencia de los ciudadanos extranjeros en los países miembros de la UE y garantizar su cumplimiento de las leyes para mantener este estatus.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica la Extinción de la Residencia de Larga duración-UE, a fin y efecto de informar al ciudadano afectado que debe tramitar su renovación o saber que hacer en caso de producirse esta situación en su tarjeta.
Extinción de la Residencia de Larga duración-UE :
Se producirá la extinción de la autorización de Residencia de Larga duración-UE tras ausencias de territorio español de 6 años.
La Dirección General de Inmigración, previo informe de la Comisaria General e Extranjería y Fronteras, podrá determinar la no extinción de una autorización por esta causa, ante la concurrencia de motivos excepcionales que así lo aconsejen.
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