El Documento Nacional de Identidad (DNI)
El Ministerio del Interior nos expone de forma breve el Documento Nacional de Identidad (DNI).
El Documento Nacional de Identidad (DNI)
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento público, oficial, personal e
intransferible emitido por el Ministerio del Interior que goza de la protección que a los documentos
públicos y oficiales otorgan las leyes. Su titular estará obligado a mantenerlo en
vigor y conservarlo y custodiarlo con la debida diligencia. Dicho documento tiene suficiente
valor, por sí solo, para acreditar la identidad, la nacionalidad española y los datos personales
de su titular que en él consignen.
Igualmente, el DNI permite a los españoles mayores de edad que gocen de plena capacidad
de obrar y a los menores emancipados la identificación electrónica de su titular,
así como realizar la firma electrónica de documentos, en los términos previstos en la
Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
El DNI es obligatorio para los mayores de 14 años residentes en España y para los de igual edad
que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por tiempo no inferior a seis meses. No
obstante puede obtenerse antes, desde la inscripción del menor en el Registro Civil.
De su sustracción o extravío deberá darse cuenta tan pronto como sea posible a la Comisaría
de Policía o Puesto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad más próximo.
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