Desplazados Laborales en el Impuesto de la Renta de los No Residentes

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone brevemente los Desplazados Laborales en el Impuesto de la Renta de los No Residentes.

Desplazados Laborales en el Impuesto de la Renta de los No Residentes

Los desplazados al territorio nacional por motivos laborales suponen un caso especial y podrán optar por tributar en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes aun manteniendo la condición de contribuyentes por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Para poder beneficiarse de esta situación será necesario cumplir una serie de condiciones que son las siguientes:

  • No haber residido en España en los últimos diez años.
  • Que el desplazamiento a España esté motivado por un contrato laboral.
  • Que el trabajo se realice efectivamente en España, lo cual quiere decir que su retribución deberá proceder en un 85% de España.
  • Que el trabajo se realice para una empresa residente en España.
  • Que los rendimientos del trabajo no estén exentos del pago del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Que la retribución total no supere los 600.000 euros anuales.


¿Sigues sin encontrar tu duda? Encuentra todos los trámites online.

Descubre todo lo que necesitas saber sobre trámites de extranjería en un solo lugar. Nuestra página web te proporciona información detallada y actualizada sobre los procesos y requisitos para solicitar visas, permisos de residencia y otros documentos relacionados con la inmigración. Facilitamos el acceso a formularios, fechas de citas y consejos útiles para que puedas realizar tus trámites de manera eficiente y sin complicaciones. Simplifica tu camino hacia la legalidad en el país con nuestra plataforma de información confiable y fácil de usar.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *