Derecho de Gracia Petición de Indulto

La petición de indulto es concedida de forma excepcional y va destinada a los condenados por sentencia firme para disminuir o quitar las penas por las que fueron juzgados.

Este tipo de derecho de gracia la otorga el Rey una vez recibida la propuesta del Ministro de Justicia.

La petición de indulto es analizada por el Consejo de Ministros, está dirigida a todos los reos sin exclusión ninguna.

Los Efectos del indulto permiten la extinción de la responsabilidad penal pero no cancelará los antecedentes penales.

Las personas que no pueden ser indultadas son lo que están siendo procesados por la justicia pero no tienen una sentencia firme

Quienes estén siendo procesados criminalmente pero aún no hayan sido condenados por sentencia firme.

Los posibles reos que no se encuentren a disposición del Tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena en cuestión.

Los reincidentes no podrán recibir la petición de indulto ni serán librado de sus penas a no ser que las razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública le permitan otorgarle la gracia.

Enlace | Ministerio de Justicia



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