¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?
El Sistema General de Seguridad Social de Salud Colombiano nos explica ¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?
¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?
A partir del día ciento ochenta y uno (181) de incapacidad, hasta por un término máximo de trescientos sesenta (360) días calendario adicionales a los primeros ciento ochenta (180) días de incapacidad reconocida por la Entidad Promotora de Salud – EPS, y derivadas de accidente o enfermedad de origen común, según lo establecido en el artículo 206 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 142 del Decreto 0019 de 2012.
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