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Contratos para la formación y el aprendizaje-Cómo afecta a la cotización a la Seguridad Social?

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica los Contratos para la formación y el aprendizaje-Cómo afecta a la cotización a la Seguridad Social?, con el objetivo de clarificar su aporte a la Seguridad Social.

 

Contratos para la formación y el aprendizaje-Cómo afecta a la cotización a la Seguridad Social? :

La cotización a la Seguridad Social consistirá en una cuota única mensual por contingencias comunes, contingencias profesionales, Fondo de Garantía Salarial, Formación Profesional y Desempleo.
Las empresas que celebren contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo con anterioridad al 1 de enero de 2012, siempre y cuando no sean trabajadores en programas de Escuelas Taller, de Casas de Oficio y Talleres de Empleo, tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, incluidas la prórroga, a una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo, y enfermedades profesionales, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional del 100 por 100, si la plantilla de la empresa es inferior a 250 personas, o del 75 por ciento, si es igual o superior a esa cifra, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
• El contrato se celebre con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25, inscritos en la oficina de empleo con anterioridad al 1 de enero de 2012. No obstante, hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15% podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años.
• La duración mínima del contrato sea de un año y la máxima de tres. No obstante, mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima superior a tres años.
Asimismo, cuando se cumplan estas condiciones, se reducirá el 100 por 100 de las cuotas de los trabajadores durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga.



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