Contratación de Extranjeros

El Ministerio del Interior nos expone brevemente las líneas de la Contratación de Extranjeros.

Contratación de extranjeros

Hay tres vías para la contratación de extranjeros, régimen general, tanto para trabajar por cuenta propia como ajena, y contingente.

  1. Permiso de trabajo por cuenta propia, para trabajar en su propio negocio. Como empresario.
  2. Permiso de trabajo por cuenta ajena, para trabajar en relación de dependencia, como asalariado.
  3. Contingente de trabajadores extranjeros. El Gobierno podrá aprobar un contingente anual de trabajadores extranjeros teniendo en cuenta la situación nacional de empleo al que sólo tendrán acceso aquellos que no se hallen o residan en España.

El Gobierno podrá aprobar con carácter anual, por acuerdo del Consejo de Ministros, un contingente de trabajadores extranjeros.

El acuerdo que apruebe el contingente comprenderá una cifra provisional, así como las características de las ofertas de empleo de carácter estable para un año natural que puedan ser cubiertas a través de este procedimiento por trabajadores extranjeros que no se hallen ni residan en España.

Asimismo, el acuerdo de contingente podrá establecer un número de visados para búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen, así como un número de visados para búsqueda de empleo limitados a determinados sectores de actividad u ocupaciones en un ámbito territorial concreto.

A lo largo del año se podrá revisar el número y la distribución de las ofertas de empleo admisibles en el marco del contingente, para adaptarlo a la evolución del mercado de trabajo.



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4 comentarios

  1. Necesito saber como se tramita un permiso de trabajo como empleada de hogar para una señora brasileña y si hay que hacer un precontrato que me envien un modelo

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