Compatibilidad de situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la residencia y trabajo por cuenta propia

El Ministerio de Justicia nos expone de forma breve la Compatibilidad de situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la  residencia y trabajo por cuenta propia.

Compatibilidad de situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la residencia y trabajo por cuenta propia

  1.  Los extranjeros que deseen realizar simultáneamente actividades lucrativas por cuenta propia y  ajena habrán de obtener las correspondientes autorizaciones para trabajar, de conformidad con  los requisitos generales establecidos para la obtención de cada una de ellas en este Reglamento,  previa acreditación de la compatibilidad del ejercicio de ambas actividades lucrativas, en relación con su objeto y características, duración y jornada laboral.
  2. La autorización administrativa mediante la que se conceda la compatibilidad del ejercicio de  actividades laborales y profesionales tendrá una duración equivalente al período de vigencia de la autorización de trabajo de la que fuera titular el trabajador extranjero, excepto en el caso de que se conceda sobre la base de una oferta de empleo de duración inferior.


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