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Centros de acogida a refugiados (CAR)

Los Centros de Acogida a Refugiados (CAR) son lugares fundamentales en la ayuda y recepción de personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad extrema. Son establecimientos que brindan alojamiento temporal, asistencia médica, alimentación y asesoría legal a los refugiados mientras se resuelve su situación y se busca una solución a largo plazo para ellos.

Estos centros son impulsados por organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y organizaciones no gubernamentales, ya que muchas veces los gobiernos locales no tienen la capacidad ni los recursos suficientes para hacer frente a la situación de los refugiados. En los CAR se ofrece un espacio seguro y digno donde las personas pueden recuperarse física y emocionalmente y tener acceso a servicios educativos y de orientación para facilitar su integración en la sociedad de acogida.

Sin embargo, los Centros de Acogida a Refugiados también enfrentan grandes retos, como la falta de financiamiento y el aumento constante en la llegada de personas en busca de protección. Además, muchas veces los refugiados se enfrentan a largos periodos de espera y a condiciones precarias en estos centros. Por lo tanto, es importante seguir trabajando en mejorar y fortalecer estos espacios para brindar una mejor acogida a aquellos que más lo necesitan.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración (MTIN) nos explica que son los Centros de acogida a refugiados (CAR), para poner en conocimiento de los ciudadanos extranjeros la información disponible sobre estos centros públicos.

 

 

 

 

Centros de acogida a refugiados (CAR) :

¿Qué son?

Son centros públicos especializados en la atención a solicitantes de asilo, refugiados o personas con protección subsidiaria que carezcan de recursos económicos para atender a sus necesidades y a las de su familia, destinados  a prestar alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria, así como otros servicios sociales encaminados a facilitar la convivencia e integrar en la comunidad.

Beneficiarios :

Podrán ser beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes las personas que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Ser extranjero.
  • Presentar solicitud de asilo en España, haber accedido a la condición de refugiado o ser objeto de otro tipo de protección temporal o subsidiaria en España.
  • Carecer de medios económicos para atender sus necesidades y las de su familia.
  • No padecer enfermedad infecto-contagiosa en fase activa o trastornos físicos o psíquicos graves que puedan alterar la normal convivencia en el Centro.
  • Solicitar su ingreso y aceptar expresamente la normativa vigente por la que se rige el Centro.
  • No haber transcurrido más de un mes desde su entrada en España, salvo casos excepcionales.

La condición de beneficiario de los centros se extenderá a los ascendientes y descendientes en primer grado y al cónyuge, o a la persona con la que se halle ligado por análoga relación de afectividad y convivencia, salvo los casos de separación legal, separación de hecho, divorcio, mayoría de edad o independencia familiar, en los que se valorará por separado la situación de cada miembro de la familia.

Duración de la estancia :

La estancia en los centros tendrá una duración de seis meses, salvo que con anterioridad al transcurso de este período sea resuelto el expediente administrativo. En caso de resolución denegatoria, el beneficiario dispondrá de 15 días para abandonar el centro.

Excepcionalmente, y por razones de necesidad, previo informe del equipo técnico, la Dirección del centro podrá conceder, por una sola vez, de una prórroga de estancia hasta la notificación de la resolución del expediente de asilo, y en todo caso no superior a un año. Su duración dependerá de las características individuales de cada caso.

Servicios y prestaciones :

  • Alojamiento y manutención temporal.
  • Información y asesoramiento sobre nueva situación.
  • Orientación para su incorporación al sistema educativo, sanitario y social.
  • Atención psicológica.
  • Atención social especializada y gestión de ayudas económicas complementarias.
  • Desarrollo de cursos para aprendizaje de la lengua y de habilidades sociales básicas.
  • Orientación e intermediación para la formación profesional e inserción laboral.
  • Actividades ocupacionales y de ocio y tiempo libre.
  • Actividades de sensibilización y de divulgación de la actuación del CAR dirigidas a la sociedad de acogida.


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