Cédula de Habitabilidad GENCAT

La Cédula de habitabilidad es el documento que acredita que nuestra vivienda esta apta para vivir y cumplimos con los requisitos para habitar en ella según la normativa vigente.

Quién puede solicitar la cédula habitabilidad

Estas son las personas que podrán solicitar la cédula de habitabilidad:

  1. El propietario de la vivienda
  2. El administrador
  3. Representante autorizado.

Para que sirve la Cédula de habitabilidad

La cédula es necesaria para transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión  en una primera transmisión o posteriores.

Para poder dar de alta, los servicios de agua, gas, luz, telecomunicaciones y otros servicios.

Vigencia de la Cédula habitabilidad

La cédula tiene un plazo de vigencia de 15 años, transcurrido dicho plazo debe solicitarse otra.

Datos que constan en la Cédula habitabilidad

  1. Dirección de la vivienda
  2. Superficie útil de la vivienda
  3. Las estancias y los espacios que la componen en el momento de la emisión.

Cómo se solicita la cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad se solicita de dos formas:

  • a) Viviendas nuevas: Impreso normalizado. El impreso normalizado se puede hallar en la página web del departament del habitatge o bien en las dependencias de la secretaria del habitatge o en las oficinas locales del habitatge.
  • b) Viviendas usadas (de segunda ocupación o posteriores): será necesario que un técnico (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) nos facilite la solicitud y se encargue de certificar la habitabilidad de la vivienda por medio de un certificado de habitabilidad, con el número de registro del colegio profesional correspondiente.
 

Enlace | GENCAT



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2 comentarios

  1. Interesante artículo…
    Sólo puntualizar que, en caso de vivienda usada, hace falta un Certificado de Habitabilidad visado por el Colegio de Arquitectos o Arquitectos Técnicos. El trámite se puede completar telemáticamente en la web de la Generalitat y la recibes por correo ordinario en tu domicilio.
    Saludos.

  2. Como decían antes, es cierto que es necesario un técnico que firme un Certificado de Habitabilidad de segunda ocupación. Cabe mencionar que, actualmente en Cataluña, el trámite se realiza directamente en la web de la Generalitat y la Cédula se recibe directamente en soporte digital. Un saludo!

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