Ayudas para Pagar el Alquiler en Madrid 2017
Las ayudas para pagar el alquiler en Madrid 2017 son una oportunidad para aquellas personas que están pasando por dificultades económicas y necesitan un apoyo para hacer frente a sus gastos de vivienda. Con la facilidad de los trámites online, es posible acceder a estas ayudas de una manera rápida y sencilla, brindando así un alivio a quienes más lo necesitan. No pierdas la oportunidad de solicitar estas ayudas antes de que sea demasiado tarde.
Las Ayudas para Pagar el Alquiler en Madrid 2017 son gracias a que la Comunidad de Madrid ha aprobado nueva convocatoria de subvenciones al alquiler de vivienda para el ejercicio 2017.
Descripción para las Ayudas para Pagar el Alquiler en Madrid 2017
Estas subvenciones al alquiler de vivienda se convocan en el marco de lo dispuesto por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el “Plan estatal de fomento del alquiler de vivienda, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016”, prorrogado durante el ejercicio 2017 mediante Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
Mediante Orden de 21 de abril de 2016 de la Consejería de Transportes, Vivienda e infraestructuras se aprobaron las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas alquiler previstas en el Real Decreto 233/2013. La convocatoria de estas ayudas tiene como objetivo primordial el fomento del alquiler a través de un sistema equitativo por el que se otorgarán en función de la renta de la unidad de convivencia, limitando la cuantía de los alquileres que se financian y financiando una proporción del alquiler sin asignación de una cuantía fija.
Las subvenciones que se concedan se financiarán con fondos de la Administración General del Estado y corresponderá su gestión a la Comunidad de Madrid. El importe del presupuesto destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía estimada de 17.040.000 euros.
La cuantía de la subvención será del 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.
Las solicitudes podrán presentarse durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el Registro General de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid.
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