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Autorización de residencia temporal por Reagrupación Familiar

La autorización de residencia temporal por Reagrupación Familiar es un procedimiento que permite a un ciudadano extranjero que resida legalmente en España solicitar una autorización para que su cónyuge e hijos menores de edad puedan reunirse y residir con él en el país. Este trámite es necesario para aquellos extranjeros que deseen traer a su familia a España y asegurar su permanencia en el territorio durante un periodo determinado.

Para poder solicitar esta autorización, el ciudadano extranjero deberá demostrar que dispone de medios económicos suficientes para mantener a su familia durante su estancia en España, así como contar con una vivienda adecuada para su alojamiento. Además, también es necesario que el solicitante tenga una situación legal en el país, ya sea por ser residente o tener un permiso de trabajo.

La autorización de residencia temporal por Reagrupación Familiar es una vía que permite la unión de familias y facilita la integración de los inmigrantes en la sociedad española. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este trámite puede ser largo y complejo, por lo que se recomienda contar con asesoramiento legal para garantizar su correcta realización. En definitiva, esta autorización es una oportunidad para fortalecer los vínculos familiares y promover una convivencia digna y estable en España.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS) nos explica la Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar a fin y efecto de explicar que hacer en caso de encontrarse en la citada situación.

Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar

Se trata de una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar.

Requisitos

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
  • Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar  con
  • un seguro privado de enfermedad.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de
  • salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
  • Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia. Se podrán computar los ingresos aportados por el cónyuge u otro familiar en línea directa y primer grado residente en España que conviva con el reagrupante.
  • Disponer de vivienda adecuada.
  • El reagrupante deberá haber residido en España durante un año como mínimo y
  • haber solicitado la autorización para residir por, al menos, otro año.
  • El familiar reagrupado podrá ser: conyuge,hijos,Representados legalmente por el reagrupante, menores de dieciochoaños o tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces deproveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración, o de su cónyuge o pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–02) por duplicado, debidamente
  • cumplimentado y firmado por el reagrupante.
  • Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del
  • reagrupante. Deberá exhibirse el documento original en el momento de presentar la
  • solicitud.
  •  Copia compulsada de la documentación que acredite que cuenta con empleo y/o
  • recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
  • Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada. Para ello deberá
  • adjuntar informe expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del reagrupante.
  • Copia del pasaporte completo y en vigor o del título de viaje del reagrupado.
  • Copia de la documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco o existencia de la unión de hecho o de la representación.
  • Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria

Tasa Modelo 790

Modelo 790: 10,20 euros

(se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles)



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15 comentarios

  1. Hola buenos días quería saber que puedo hacer para volver a saber
    La fecha,hora y lugar donde tengo la cita de reagrupacion familiar por medio de mi hijo es que me robaron el bolso y llevaba allí el resguardo gracias por su colaboración 🙂 daisy del socorro gallego velez
    Documento con la que hice la cita 43622120 codigo postal 28047 gracias

  2. hola… me gustaria saber cuanto tiempo estan tardando para resolucion de expediente en tramite. estoy casada con un comunitario europeo y no me gustaria estar ilegal en un Pais… gracias espero respuesta… k tengan BUENOS DIAS….

  3. realiso la reagrupacion x nececidad q mi madre cuid d mi hijo para incorporarme a trabajar,no tengo el requisito dl contrato d trabajo,puedo a pesar d ello presentar el tramite?x favor me urge respuesta

  4. hola, porfabor me puede audar con pregunta… me avenido la carta con denegacin de reagrupar a mi marido…. por falta de medios devida fijos… porce nomina mia es de 650 euros,pero tengo a mi ija de 16 anos que depende de mi tambien… la pregunta es es pocible de alguna manera acer recurso si tengo medios sufisentes en metaliko? komo puedo ensenir que tengo dineiro para mantener a ija i a marido,,,? a lo mejor con algun tipo de chekes???? GRACIAS

  5. Hola buenos dias ,e solicitado la regrupacion para mi niño de 12 años ,y despues de mucho tiempo me an aprobado q tengo q hacer para solicitar el visado ,mi niño esta en ecuador ,yo estoy en España casada con un español desde junio ,puedo solicitar el visado comunitario a mi niño si tengo aprobado normalmente,espero su respuesta y gracias de antemano

  6. hola tengo a mi madre de vacaciones aquí conmigo,soy medico y tengo medios suficientes para reagruparla ,ella esta muy sola en cuba pero mi duda es que solo tiene 61 año ,podría presentarle la reagrupación familiar con esa edad un saludo

  7. HOLA,tengo la nacionalidad hace 15 años y he traido a mi madre hace poco ,ella esta en Barcelona commigo y quisiera tramitarle la reagrupacion familiar ,que documentacion debo presentar ,y en donde ,o que tramites debo de aser.muchas gracias..

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