Certificado de Residencia Permanente en España

Para el Certificado de Residencia Permanente en España el interesado, personalmente, deberá dirigirse a la Oficina de Extranjería de la provincia donde tenga su residencia o, en su defecto, a la Comisaría de Policía correspondiente.

Certificado de Residencia Permanente en España

Junto con el modelo oficial (EX-18), presentará en todos los supuestos los siguientes documentos se deberán presentar los siguientes documentos.

  • Pasaporte o documento de identidad válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • Documento acreditativo del abono de la tasa por expedición del certificado
  • Documentación acreditativa del supuesto por el que se accede a la residencia permanente, excepto en el caso de acceso a la misma por haber residido legalmente en España durante un periodo continuado de 5 años, en el que no es preciso aportar documentación adicional dado que dicha circunstancia será verificada de oficio por la Oficina de Extranjería

Extranjeros 106 Guía de Trámites Una vez abonadas las tasas se expedirá al ciudadano de la Unión un certificado del derecho a residir con carácter permanente.

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