Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas de intervención integral en barrios
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEISS), nos expone brevemente las Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas de intervención integral en barrios.
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas de intervención integral en barrios
Se trata de subvenciones que tienen por objeto la realización, por parte de entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales con sede en España, de programas integrales encaminados a favorecer la integración de los nacionales de terceros países, el diálogo, la convivencia ciudadana, la inclusión social y la gestión de la diversidad en barrios con presencia significativa de población inmigrante. Los programas están cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración.
- Entidades beneficiariasLas entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio:
- Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los inmigrantes, solicitantes y beneficiaros de protección internacional, apatridia y protección temporal.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
- Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
- Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
- No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
- Destinatarios de los programasPodrán participar en estos programas, en función de las actuaciones que se lleven a cabo, las personas inmigrantes nacionales de terceros países y otros ciudadanos que residan en los barrios o territorios donde se desarrolle el programa.
- Plazo presentación de solicitudesDe conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
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