Prestaciones por desempleo para Trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEIS), nos expone brevemente las Prestaciones por desempleo para Trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura.

Prestaciones por desempleo para Trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura

Para recibir el subsidio agrario se deben de cumplir las siguientes requisitos :

  • Ser trabajador eventual agrario por cuenta ajena con domicilio enalguna localidad de Andalucía o Extremadura y haber percibido este subsidio en alguno de los 3 años anteriores a la fecha desu solicitud.
  • yHaber cotizado un mínimo de 35 jornadas, en los doce meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo, salvo si Ud. fue beneficiario del Empleo Comunitario en 1983 en cuyo caso podrá acceder de nuevo al subsidio con solo 20 jornadas cotizadas al SEASS y/o con cotizaciones en trabajos de AEPSA.
  • y Si Ud. es mayor de 35 años o menor con responsabilidades familiares podrá completar las 35 jornadas con las cotizaciones en el AEPSA.
  • y Carecer de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo anual
  • no superen los 7.743,60 €, y no superar el límite familiar de rentas establecido.
  • y Estar inscrito en el censo del SEASS y al corriente del pago de la cuota fija.
  • y Inscribirse como demandante de empleo, manterner dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

Duración del subsidio : 180 dias en general, aunque también puede ser 300 a 360 si es mayor de 52 años.

Importe del subsidio : 426 euros

Requisitos para recibir la renta agraria :

  • Ser trabajador eventual agrario por cuenta ajena, empadronado y
  • con residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura,
  • un mínimo de 10 años.
  • y haber sido beneficiario del subsidio por desempleo agrario en
  • alguno de los 3 años anteriores a la solicitud.
  • y Estar inscrito en el censo del SEASS ininterrumpidamente en
  • los 12 meses anteriores a la solicitud y los mayores de 45 años,
  • entre 5 y 20 años, y estar al corriente de pago de la cuota fija.
  • y Haber cotizado en el SEASS en los 12 meses naturales
  • inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un
  • mínimo de 35 jornadas reales
  • y Carecer de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo anual
  • no superen los 7.743,60 €, y no superar el límite familiar de
  • rentas establecido.
  • y Inscribirse como demandante de empleo, mantener dicha
  • inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el
  • compromiso de actividad.

Duración de la renta : En general 180 días y los mayores de 52 años 300 días.

Cuantia : Entre 426 y 569 €, en función del número de jornadas trabajadas,
que se ingresarán en la cuenta de la entidad financiera indicada por
el solicitante, de la que sea titular, salvo en los casos excepcionales
en los que se autorice por el SEPE el pago en efectivo.


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