Servicio de información a afectados por la posible sustracción de recién nacidos
El Ministerio de Justicia nos expone brevemente el Servicio de información a afectados por la posible sustracción de recién nacidos.
Servicio de información a afectados por la posible sustracción de recién nacidos
Objetivos
Las Administraciones Públicas se han comprometido a respaldar institucionalmente a los afectados por supuestas sustracciones de recién nacidos mediante la creación de un servicio de información coordinado por el Ministerio de Justicia que facilite los datos y la información administrativa disponible sobre la filiación natural.
Qué ofrece este servicio
Información y documentación administrativa: A través de este servicio se facilitará a las personas afectadas el acceso a la documentación e información obrante en poder de la Admnistración: datos registrales, expedientes sanitarios…
Creación de un fichero de perfiles genéticos: El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses centralizará los perfiles obtenidos a partir de los informes genéticos aportados por las personas afectadas o a partir de los archivos electrónicos obtenidos por laboratorios ajenos al INTCF, con el propósito de incorporarlos a una base de datos única que permita que todas las personas implicadas puedan ser cotejadas para verificar la existencia de compatibilidades genéticas de las que puedan revelarse indicios de relaciones familiares biológicas (procedimiento de actuación sin coste alguno para la persona afectada).
Previamente a la incorporación de los perfiles a la base de datos, el INTCF validará técnicamente los informes genéticos recabados, comprobando que cumplen con los requerimientos científicos mínimos para garantizar la máxima calidad pericial.
En los casos en que aparezcan indicios de una compatibilidad genética, el INTCF, para poder emitir un informe definitivo, requerirá de las personas afectadas una nueva toma de muestras de referencia con el objeto de contrastar los resultados. En este caso, será preciso realizar el abono del precio público fijado por la solicitud del servicio, según BOE (Orden JUS 215/2010, de 27 de enero).
Quién puede acceder al servicio
Personas que dispongan de indicios sobre posibles supuestos de sustracción de recién nacidos, incluyendo hijos/as que busquen a sus progenitores biológicos o hermanos/as que busquen a sus hermanos/as biológicos.
Cómo funciona
Solicitud:
- Se deberá obtener cita previa:
- Telefónica: 91 178 80 00
- Solicitud telemática
- Desde el formulario telemático de contacto de la oficina, indicando:
- Documento de identificación personal (DNI, NIE o pasaporte).
Documentación a aportar:
- Solicitud y consentimiento informado: existen dos tipos de solicitud según se quiera obtener la información existente en los diferentes registros administrativos o de las distintas instituciones implicadas, o si además se quiere incluir el perfil genético en la base de datos de ADN del INTCF
- La solicitud con el consentimiento informado debidamente firmada por la persona afectada, deberá presentarse en todos los casos, aún cuando se actúe a través de representante.
En el caso de comparecer con representante deberá aportar el titulo de representación.
La representación puede ser mediante poder notarial, o en presencia del Servicio de información a afectados.
- Datos identificativos de la persona o personas solicitantes (DNI, nº de Seguridad Social, dirección…)
- Datos y documentos disponibles relativos al nacimiento/aborto.
- Perfil genético, si existiera.
Actuaciones a realizar:
La oficina del servicio de información y documentación, a la vista de los datos facilitados, solicitará la información que considere pertinente a las distintas Administraciones e instituciones públicas que pudieran tener algún antecedente (Registro Civil, hospitales, Fiscalías, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, etc.)
El seguimiento del estado de la tramitación podrá efectuarse por medios telemáticos en la dirección web antes señalada.
Finalización:
El servicio de información suministrará un resumen compilador de toda la documentación recabada, que no tendrá carácter de resolución, al que acompañará, cuando proceda, el informe del INTCF.
Formularios
- Solicitud de información (PDF. 132 KB)
- Solicitud de información e inclusión perfil genético (PDF. 195 KB)
- Preguntas frecuentes respecto a la inclusión de perfiles genéticos en la base de datos de ADN
¿Qué trámites tengo que hacer para inscribir mi perfil genético en el Fichero de Perfiles de ADN de personas afectadas por la sustracción de recién nacidos regulado en la Orden JUS/2146/2012, de 1 de octubre y gestionado por el INTCF?
La Orden JUS/2146/2012, de 1 de octubre establece un procedimiento para que todos los perfiles realizados hasta la fecha por los diversos laboratorios del Estado puedan registrarse de forma centralizada en el Fichero 120 «Perfiles de ADN de personas afectadas por la sustracción de recién nacidos» gestionado por el INTCF. Es decir, de forma gratuita se garantiza a todos los afectados la inscripción de su perfil genético ya realizado, tanto en un laboratorio público como privado, siempre que cumpla con las debidas garantías.
El procedimiento para los afectados, por tanto, será:
Acudir al Servicio de Información a afectados por la posible sustracción de recién nacidos (con cita previa en el tfno. 91 178 80 00 ó desde la web del servicio) para aportar, entre otra, la siguiente documentación:
El informe emitido por el laboratorio que incluye su perfil genético.
El formulario de consentimiento informado firmado para solicitar el registro en el Fichero 120.
El Servicio de Información a afectados, en coordinación directa con el INTCF, se encargará de realizar los trámites oportunos para el registro de cada perfil y su comparación en la Base de Datos de Afectados de dicho Instituto, emitiendo, en su caso, el oportuno informe.
En esta primera fase no es necesario, por tanto, contactar directamente con el INTCF.
Aquellos afectados que no dispongan todavía de su perfil de ADN son libres de solicitar el mismo en cualquier laboratorio que reúna las garantías de calidad exigibles, realizándose en el INTCF sólo las solicitadas por los Tribunales de Justicia y el Ministerio Fiscal.
En una segunda fase, y en aquellos casos en que aparezcan indicios de una compatibilidad genética, el INTCF, para poder emitir un informe definitivo, requerirá de las personas afectadas una nueva toma de muestras de referencia con el objeto de contrastar los resultados. En este caso, será preciso realizar el abono del precio público fijado por la solicitud del servicio, según BOE (Orden JUS 215/2010, de 27 de enero).
¿Cuál es el estándar de calidad que se debe de exigir a estas pruebas de ADN para garantizar su fiabilidad?
Con el fin de garantizar la fiabilidad de los análisis genéticos comparativos que resulten del cruce de los perfiles genéticos aportados por distintos laboratorios, la Comisión Nacional para el Uso Forense del ADN (CNUFADN) ha establecido una serie de recomendaciones que incluyen entre otras la acreditación de los laboratorios de acuerdo a la norma ISO 17.025
Más información en: Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
En el Fichero 120 de Perfiles de ADN de personas afectadas por la sustracción de recién nacidos se incluirán también los perfiles genéticos emitidos por laboratorios que no tengan la acreditación ISO 17025 siempre y cuando aporten los datos analíticos que pueda solicitar el INTCF para poder validar la calidad del perfil. No obstante lo anterior, poseer la citada acreditación para la realización de pruebas de ADN es garantía de calidad del resultado de los análisis. Consulte el listado de los laboratorios acreditados por la CNUFADN en 2012 para realizar pruebas de ADN (PDF. 56 KB)
¿Cuántas regiones STR se analizan para obtener un perfil de ADN en los distintos laboratorios?
En la tabla se muestra la lista de regiones STR que pueden analizarse con tres de los sistemas de análisis de ADN validados en el ámbito de la identificación humana y mas utilizados en España hasta la fecha por los distintos laboratorios (PPlex 16, Identifiler y NGMS)
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